La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) dispuso la suspensión de oficio de 11 Registros de Proveedores del Estado (RPE) relacionados con senadores de la República, debido a que se encuentran dentro de las restricciones establecidas por la nueva Ley 47-25 de Contrataciones Públicas.

La medida incluye registros correspondientes tanto a personas físicas como a empresas vinculadas a los legisladores. Según el acto administrativo de la DGCP, la suspensión se mantendrá mientras permanezcan las condiciones que generan la incompatibilidad y se extenderá hasta seis meses después de que los funcionarios dejen sus cargos, conforme a lo establecido en la normativa.

La decisión fue adoptada luego de un proceso de verificación realizado por la institución para identificar a funcionarios públicos que aparecen registrados como proveedores del Estado o que tienen vínculos con sociedades comerciales inscritas como suplidoras.

El nuevo marco legal establece un régimen de inhabilidad absoluta para los legisladores, lo que significa que los senadores y diputados no pueden participar como proveedores ni contratar con las instituciones sujetas a la Ley de Contrataciones Públicas mientras ocupen sus cargos. La restricción también alcanza a empresas en las que estos funcionarios tengan participación societaria o desempeñen funciones de dirección o administración.

Entre los senadores relacionados con los registros suspendidos figuran Moisés Ayala Pérez, Santiago José Zorrilla, Jonhson Encarnación Díaz, Carlos Manuel Gómez Ureña, Ginnette Bournigal, Gustavo Lara Salazar, Daniel Rivera Reyes, Bernardo Alemán Rodríguez, Casimiro Antonio Marte Familia y Alexis Victoria Yeb, correspondientes a distintas provincias del país. El documento oficial contempla 11 registros vinculados a legisladores.

La nueva ley representa un cambio frente al régimen anterior. La DGCP explicó que anteriormente existía un límite de participación accionaria del 10 % para determinar algunas incompatibilidades, mientras que la Ley 47-25 eliminó ese porcentaje y establece que cualquier participación societaria puede generar la inhabilidad cuando se trate de funcionarios comprendidos en la normativa.

La DGCP aclaró que la suspensión de los registros no constituye una sanción, sino una medida administrativa destinada a evitar que personas que tienen impedimentos legales puedan participar en procesos de contratación pública.

El acto administrativo también dispone que la decisión sea comunicada a instituciones como la Contraloría General de la República, la Cámara de Cuentas y la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) para los fines correspondientes.

La medida forma parte de los controles que la DGCP está aplicando con la entrada en vigor de la Ley 47-25, cuyo nuevo régimen busca reforzar las reglas de transparencia y prevenir posibles conflictos de interés en las compras y contrataciones del Estado.