OPINIÓN, JASMILEY PÉREZ ORTIZ, PARA 7 SEGUNDOS.- En muchos lugares del mundo, cada 14 de febrero se conmemora el Día de San Valentín, conocido también como el Día del Amor y la Amistad, en honor al sacerdote Valentín, quien —según cuenta la historia— ayudaba a los enamorados a encontrarse y a formalizar su amor en secreto.
Es por eso, que cada 14 de febrero los amigos y los enamorados celebran su día aprovechando la ocasión para expresar cariño, fortalecer lazos y renovar compromisos. Sin embargo, sin ánimo de arruinar la magia del momento, la frase típica que escuchamos desde niños a los demás diciendo “Amor no quita conocimiento”. Y es que, más allá de las decisiones que tomamos impulsados por la emoción, es fundamental conocer las implicaciones legales que ciertos actos pueden acarrear.
Las decisiones asumidas en pareja —o incluso por un amigo, un familiar o un ser querido— generan compromisos para quienes las suscriben. Tal como lo reconoce el Código Civil Dominicano: “Los acuerdos tienen fuerza de ley entre las partes que lo han hecho”. Es decir, aquello que se firma o se autoriza formalmente no es solo un gesto de buena voluntad; es una obligación con efectos jurídicos.
Por ejemplo, convertirse en garante o fiador de un préstamo para apoyar a un amigo puede interpretarse como una muestra de lealtad y solidaridad. No obstante, en caso de incumplimiento por parte del deudor principal, el patrimonio del garante puede verse afectado. Y es ahí donde vemos como lo que comenzó como un acto de confianza puede terminar en una carga económica considerable.
Algo similar ocurre cuando, por cercanía o por el deseo de compartir más tiempo con la familia de la pareja, se decide construir una vivienda en un terreno que no es propio, sino de los suegros, amigos o familiares cercanos y de “confianza”. En estos casos, conviene recordar el principio jurídico que señala que “lo accesorio sigue la suerte de lo principal”. En estos casos, el terreno es el bien principal y la edificación lo accesorio, la construcción pasa a formar parte del inmueble. Esto significa que quien invierte en edificar sobre terreno ajeno corre el riesgo de perder esa inversión si no se establecen acuerdos claros y legalmente respaldados.
De igual manera, las decisiones financieras tomadas en conjunto pueden tener consecuencias que trascienden la relación afectiva. Si uno de los miembros de la pareja adquiere un préstamo y se comprometen bienes en garantía —especialmente si se trata de bienes comunes o compartidos— las finanzas de ambos pueden verse comprometidas. La posibilidad de perder un inmueble por una obligación mal calculada no es un escenario lejano cuando no se analizan con prudencia los alcances legales de tales decisiones.
A menudo, el cariño dificulta hablar sobre patrimonio, organización financiera o planificación sucesoral. Existe la creencia de que abordar estos temas es una señal de desconfianza o de frialdad. Sin embargo, la verdadera responsabilidad afectiva también implica previsión. Cuando una persona fallece sin haber dejado claridad sobre sus bienes, deudas y voluntad, el dolor de los seres queridos puede verse agravado por conflictos legales y familiares que pudieron evitarse con una adecuada planificación.
Amar también es proteger. Proteger el patrimonio, proteger la estabilidad y proteger a quienes dependen de nosotros. El Día del Amor y la Amistad es una excelente oportunidad para celebrar los sentimientos que nos unen, pero también para reflexionar con madurez sobre las decisiones que tomamos en nombre de esos sentimientos.
Que el amor inspire, que motive y que fortalezca; pero que no nos quite el conocimiento. Porque cuando las emociones se equilibran con información y responsabilidad, las relaciones no solo se viven con intensidad, sino también con seguridad y futuro.
