OPINIÓN, FÉLIX CORREA, PARA 7 SEGUNDOS.- El caso de Nino Dólar ha vuelto a colocar sobre la mesa una pregunta que pocas veces nos hacemos hasta que ocurre una tragedia:
¿Qué pasa con el seguro cuando quien provoca un accidente está violando la ley?
El hecho es estremecedor. Dos personas perdieron la vida y una tercera resultó gravemente herida en un accidente en el que, según las informaciones conocidas y las imputaciones del Ministerio Público, el conductor habría violado la luz roja y conducido sin licencia.
No estamos aquí para sustituir a los tribunales ni para establecer responsabilidades penales. Eso corresponde a la justicia.
Pero sí podemos mirar este caso desde otra perspectiva: la del seguro.
Y es precisamente ahí donde aparece el artículo 152 de la Ley 146-02 sobre Seguros y Fianzas.
Muchas personas creen que cuando un vehículo tiene un seguro de responsabilidad civil, cualquier daño que ocasione el conductor queda automáticamente resuelto por la compañía aseguradora.
Pero no necesariamente.
El seguro obligatorio de vehículos de motor tiene una función social fundamental: proteger a las víctimas.
La víctima no puede quedar desamparada porque quien le ocasionó el daño no tenía licencia o porque incumplió determinadas normas.
Pero proteger a la víctima no significa que quien viola la ley quede protegido de las consecuencias económicas de sus actos.
Ahí está la importancia del artículo 152.
La ley establece que el asegurador que haya emitido una póliza de responsabilidad civil para vehículos y que se vea obligado a indemnizar a un tercero tendrá una acción en recobro frente al asegurado, hasta la suma total pagada más las costas judiciales, cuando se comprueben determinadas circunstancias.
Entre ellas, que al momento del accidente el vehículo fuera conducido por una persona que no poseía la licencia correspondiente para conducir ese tipo de vehículo.
Esto es muy importante.
Porque una cosa es la protección de la víctima y otra muy diferente es la responsabilidad del conductor o asegurado que incumplió la ley.
La aseguradora puede tener que responder frente al tercero afectado y, posteriormente, ejercer el recobro que la ley le permite contra el responsable, siempre que se configuren las condiciones establecidas en el artículo 152.
En otras palabras:
El seguro puede proteger a la víctima, pero no necesariamente protege al infractor de las consecuencias económicas de su conducta.
Y aquí es donde el caso de Nino Dólar debe servirnos para abrir una conversación mucho más profunda.
¿Quién paga cuando alguien conduce sin licencia?
¿Quién paga cuando alguien decide ignorar una señal de tránsito?
¿Quién paga cuando una decisión irresponsable detrás de un volante termina con dos personas muertas y otra gravemente herida?
La primera respuesta es que las consecuencias humanas ya son irreparables.
Una póliza puede pagar una indemnización.
Pero ninguna póliza puede devolver una vida.
Ninguna póliza puede devolverle a una familia al padre, a la hija, al esposo, a la esposa o al ser querido que perdió.
Y ninguna cantidad de dinero puede borrar las consecuencias de una tragedia.
Pero también existe una consecuencia económica que debemos conocer.
Si una aseguradora tiene que indemnizar a las víctimas y posteriormente se comprueba alguna de las circunstancias previstas por el artículo 152, la ley le permite ejercer una acción de recobro contra el asegurado.
Esto significa que conducir sin licencia no es simplemente una infracción de tránsito que puede quedar en una multa o en una sanción administrativa.
Puede convertirse también en un problema económico de enormes proporciones.
Y aquí debemos hacer una pausa.
Estamos acostumbrados a preguntarnos cuánto cuesta una póliza.
¿Cuánto cuesta asegurar un vehículo?
¿Cuánto cuesta una cobertura de responsabilidad civil?
¿Cuánto cuesta ampliar los límites de protección?
Pero pocas veces nos preguntamos cuánto puede costar no respetar la ley.
Un accidente puede costar una vida.
Puede costar dos vidas.
Puede dejar a una persona con lesiones permanentes.
Puede destruir económicamente a una familia.
Y también puede generar obligaciones económicas que acompañen al responsable durante muchos años.
Un semáforo en rojo no es una advertencia de peligro, es una orden de detenerse. Ignorarlo puede convertir una simple infracción de tránsito en una tragedia con consecuencias penales mucho más graves.
Y si, ante un impacto, el conductor en lugar de detenerse continúa su marcha, arrastra a una persona o agrava el daño, las consecuencias jurídicas pueden ser todavía mayores.
No corresponde a nosotros calificar el hecho como homicidio o asesinato. Corresponde a los tribunales determinar, a partir de las pruebas, cuál fue la conducta y cuál es la responsabilidad penal.
Por eso, cuando hablamos de seguros, no podemos limitarnos a decirle al cliente: “Usted está asegurado”.
Tenemos que explicarle qué significa estar asegurado.
Y, sobre todo, qué significa conducir correctamente.
Porque el seguro no puede convertirse en una licencia para conducir irresponsablemente.
Tener una póliza no significa tener permiso para violar una señal de tránsito.
Tener una póliza no significa que podemos conducir sin licencia.
Tener una póliza no significa que las consecuencias de nuestros actos desaparecerán.
El seguro existe precisamente para enfrentar los riesgos que no pudimos evitar, pero la prevención debe comenzar antes de encender el vehículo.
El caso de Nino Dólar, independientemente de lo que finalmente determine la justicia, nos obliga a mirar nuevamente el artículo 152 de la Ley 146-02.
Y también nos obliga a preguntarnos si como sociedad estamos haciendo lo suficiente para evitar que personas sin licencia conduzcan vehículos, que conductores ignoren las señales de tránsito y que las calles se conviertan en escenarios de tragedias que pudieron evitarse.
La licencia no es un simple documento.
Un semáforo en rojo no es una sugerencia.
Y un seguro no es una autorización para incumplir la ley.
El seguro protege a la víctima.
La ley responsabiliza al infractor.
Y la prevención puede evitar que tengamos que hablar de ambos después de una tragedia.
Porque al final, el mejor siniestro es aquel que nunca ocurre.
Y hay algo todavía más importante:
El seguro puede pagar.
Pero una vida no tiene reposición.
