OPINIÓN, ANDRÉS AYBAR BÁEZ, PARA 7 SEGUNDOS.- Durante décadas el derecho aprendió a proteger la imagen humana dentro de categorías tradicionales: la fotografía, el video, la privacidad, el honor y la reputación. Era un mundo donde la presencia física era indispensable. Para capturar un rostro hacía falta una cámara, un encuentro o al menos una autorización implícita derivada del contexto.
La inteligencia artificial ha roto ese paradigma.
Hoy el rostro humano puede existir sin haber sido fotografiado. Puede hablar sin haber pronunciado palabras. Puede aparecer en campañas comerciales, discursos políticos o contenidos audiovisuales sin que la persona haya participado jamás. Basta una imagen publicada en redes sociales, un video antiguo o incluso múltiples fotografías dispersas en internet para construir una réplica digital capaz de simular expresiones, emociones y comportamientos.
El derecho, como tantas veces en la historia, vuelve a correr detrás de la tecnología.
La pregunta jurídica que comienza a instalarse en tribunales, universidades y parlamentos del mundo es tan sencilla como inquietante:
¿Quién es dueño de la reproducción digital de un rostro humano?
La inteligencia artificial ha convertido la apariencia personal en un activo replicable, escalable y potencialmente monetizable. Ya no hablamos únicamente del derecho a impedir que se publique una fotografía sin consentimiento. Hablamos del derecho a evitar que una máquina genere miles de versiones de nuestra cara para vender productos, influir en elecciones o construir narrativas falsas.
La diferencia es profunda.
La imagen dejó de ser capturada para comenzar a ser generada.
Las experiencias internacionales muestran que este fenómeno dejó de ser una hipótesis académica. En Estados Unidos, actores y artistas han litigado contra empresas tecnológicas por el uso de sus réplicas digitales sin autorización, obligando a la industria del entretenimiento a reconocer contractualmente la llamada “semejanza digital” como un activo económico protegido.
Europa avanza en la misma dirección. La regulación sobre inteligencia artificial y protección de datos personales tiende a considerar el rostro como un dato biométrico altamente sensible, elevando el estándar de consentimiento requerido para su uso. En Asia, algunos países ya exigen autorización expresa para la creación de deepfakes y sancionan su utilización maliciosa.
El denominador común es evidente:
el mundo empieza a reconocer que el rostro humano tiene valor patrimonial en la economía digital.
Los riesgos ya no son teóricos.
La suplantación de identidad mediante videos falsos amenaza la estabilidad política y la seguridad financiera. Empresas pueden utilizar rostros generados para campañas publicitarias sin pagar compensación alguna a la persona cuya imagen sirvió de base para entrenar algoritmos. El daño reputacional alcanza niveles inéditos cuando deepfakes colocan a ciudadanos en contextos sexuales, violentos o delictivos que jamás ocurrieron.
Existe además un problema menos visible, pero quizá más profundo: la pérdida del control patrimonial sobre la identidad digital.
Muchos modelos de inteligencia artificial han sido entrenados utilizando millones de imágenes obtenidas de internet sin autorización expresa. Cada fotografía publicada se convierte potencialmente en materia prima para sistemas capaces de recrear rostros humanos de manera ilimitada.
En la República Dominicana contamos con normas que protegen la dignidad, el honor y el derecho a la imagen, así como legislación relacionada con datos personales y derechos de autor. Sin embargo, ninguna aborda directamente la clonación facial mediante inteligencia artificial, la explotación comercial de identidades digitales o la creación de gemelos sintéticos capaces de actuar en nombre de una persona.
Nuestro marco legal protege la fotografía.
Pero todavía no protege el gemelo digital.
Y ese gemelo digital ya existe.
La experiencia internacional ofrece lecciones claras.
El consentimiento debe ser explícito y específico. Publicar una imagen en redes sociales no puede interpretarse como autorización automática para entrenar sistemas de inteligencia artificial. El rostro debe reconocerse jurídicamente como dato biométrico sensible, al mismo nivel que una huella dactilar o el ADN.
Debe existir el derecho a compensación económica cuando una réplica digital genere valor comercial.
Debe reconocerse el derecho a exigir la eliminación de contenidos sintéticos no autorizados.
Y debe establecerse responsabilidad directa de plataformas tecnológicas y desarrolladores cuando permitan abusos evidentes.
La República Dominicana tiene una oportunidad histórica.
Podemos legislar antes de que el problema explote mediante casos mediáticos, daños irreparables o crisis reputacionales que afecten a ciudadanos comunes.
El país puede avanzar hacia el reconocimiento del derecho a la identidad digital como extensión natural de los derechos de la personalidad.
Ese nuevo derecho implicaría:
– control sobre el uso del rostro, la voz y la apariencia digital;
– consentimiento biométrico para entrenar sistemas de inteligencia artificial;
– reconocimiento del valor patrimonial de la imagen sintética;
– tipificación del deepfake malicioso como delito;
– obligación de identificar contenidos generados por inteligencia artificial para proteger la transparencia pública.
Cada revolución tecnológica ha obligado al derecho a reinventarse.
La imprenta dio origen al derecho de autor.
La fotografía consolidó el derecho a la imagen.
Internet impulsó la protección de datos personales.
La inteligencia artificial está dando nacimiento a algo nuevo:
el derecho a la identidad digital.
La discusión ya no es si debemos legislar.
La discusión es cuándo lo haremos y con qué visión de futuro.
Hoy cualquier persona puede convertirse en protagonista de un video que jamás grabó, pronunciando palabras que nunca dijo. Cuando la identidad se vuelve replicable, la ley debe volverse protectora.
El futuro jurídico ya llegó.
Y tiene nuestro rostro.
Anticiparnos y construir un marco legal moderno no es un lujo académico; es una necesidad democrática. Si aspiramos a proteger la dignidad, la reputación y el patrimonio de los ciudadanos dentro de la nueva economía digital, debemos actuar ahora.
La inteligencia artificial no debe ser temida.
Pero sí regulada con inteligencia.
Esa es, quizás, la verdadera tarea jurídica de nuestro tiempo.
