Un video que circula en redes sociales muestra a dos agentes del Cuerpo Especializado para la Seguridad del Metro y Teleférico (CESMET) bailando al ritmo de un dembow mientras se encontraban uniformados en la estación Ercilia Pepín, de la Línea 2 del Metro de Santo Domingo.
En las imágenes se observa a uno de los agentes bailando en el andén 1, mientras otro realiza movimientos similares en el andén 2. Ambos aparecen dentro de las instalaciones del sistema de transporte y portando el uniforme de la institución.
La situación ha generado cuestionamientos sobre si este comportamiento podría constituir una falta disciplinaria, tomando en cuenta que el CESMET es un cuerpo especializado de carácter castrense, dependiente del Ministerio de Defensa. La propia institución señala que está integrada por miembros del Ejército de República Dominicana, la Armada y la Fuerza Aérea, además de los asimilados militares que sean requeridos.
¿Qué establece el reglamento militar?
La Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas, núm. 139-13, establece el marco general que regula la organización, funcionamiento, deberes y régimen disciplinario de los miembros de las instituciones militares. En materia de disciplina, las faltas cometidas durante el servicio son sometidas a las disposiciones establecidas para el régimen militar disciplinario, tomando en cuenta la naturaleza y gravedad de cada infracción.
Entre las conductas contempladas por el reglamento se encuentra no mantener, en todo lugar y circunstancia, la actitud correcta que corresponde a la investidura de un miembro de las Fuerzas Armadas. Asimismo, las normas disciplinarias contemplan faltas relacionadas con el régimen del servicio y con la conducta que deben observar los militares.
En ese sentido, el hecho de que los agentes aparezcan bailando durante su servicio y portando el uniforme podría ser evaluado por sus superiores a la luz de estas disposiciones, aunque correspondería a la institución determinar si efectivamente hubo una falta y cuál sería su clasificación.
¿Qué sanciones podrían recibir?
El reglamento establece diferentes sanciones dependiendo de la gravedad de la falta y de la condición del militar.
Para los oficiales, las medidas disciplinarias pueden ir desde una amonestación hasta arresto simple o arresto severo. En el caso de los alistados, las sanciones contempladas incluyen desde amonestación hasta períodos de arresto o encierro, según la clasificación de la falta.
La normativa también establece que la sanción debe ser proporcional a la naturaleza y gravedad de la falta, tomando en cuenta factores como la conducta, el tiempo de servicio y la naturaleza de las funciones desempeñadas por el miembro de las Fuerzas Armadas.
El hecho de que ambos aparezcan bailando durante lo que aparenta ser su jornada de servicio podría ser evaluado por sus superiores, especialmente debido a que se encontraban uniformados y dentro de las instalaciones del Metro de Santo Domingo.
Por ahora, no se ha informado si el CESMET abrió una investigación o si adoptará alguna medida disciplinaria contra los agentes que aparecen en el audiovisual.
La pregunta queda abierta; ¿podrían ser sancionados por bailar durante el servicio, uniformados y dentro de las instalaciones del Metro? La determinación corresponderá a las autoridades militares competentes, luego de evaluar las circunstancias del caso.
