La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) ofrecerá un plazo adicional de 120 días a los grandes contribuyentes nacionales que encuentren dificultades en su proceso de adaptación a la facturación electrónica. Este plazo se concederá mediante una solicitud que debe presentarse a la DGII 15 días antes de que venza el plazo original, que es el 15 de mayo de 2024.

Este período de prórroga se ampara en el artículo 37 de la Ley 32-23 de Facturación Electrónica, el cual contempla la extensión del plazo para aquellos contribuyentes que enfrenten dificultades en su proceso de adaptación.

La DGII ha comunicado que no se otorgará prórroga a los contribuyentes que no hayan iniciado el proceso de implementación o no hayan demostrado una causa excepcional que justifique la necesidad del plazo adicional.

Una vez vencido el plazo original o la prórroga, aquellos que no hayan completado el proceso de certificación para emitir facturas electrónicas estarán sujetos a sanciones tributarias que pueden conllevar al arresto.

Para solicitar la extensión del plazo, los contribuyentes deberán presentar una carta de solicitud firmada y sellada, indicando el motivo de la prórroga y los avances realizados, además de un cronograma de trabajo que justifique el tiempo necesario para completar la implementación. También deberán estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

La prórroga concedida será única y no podrá exceder los 120 días contados a partir del vencimiento del plazo original. La DGII evaluará cada solicitud en función del perfil de riesgo del contribuyente.