La cadena de cafeterías Starbucks se encuentra enfrentando una demanda en la que se alega que sus bebidas de fruta no contienen el ingrediente principal: la fruta. Esto se debe a que los consumidores argumentan que los nombres de los refrescos de Starbucks, como los de mango, maracuyá o acai, sugieren que deberían contener estas frutas, pero en realidad no lo hacen. Este supuesto incumplimiento de las leyes de protección al consumidor es lo que motiva la demanda.
El juez de distrito John Cronan ha decidido que Starbucks no puede desechar nueve de las once demandas presentadas de manera colectiva. Su argumento se basa en que «una parte significativa de los consumidores razonables» esperaría que las bebidas efectivamente contengan las frutas mencionadas en sus nombres. En consecuencia, Starbucks deberá hacer frente a la demanda y enfrentar las acusaciones de publicidad engañosa.