SANTO DOMINGO, R.D.- El Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucional el Decreto núm. 308-06, que regula los horarios para el expendio de bebidas alcohólicas en colmados, bares, discotecas, casinos y otros centros de diversión. Sin embargo, la disposición continuará vigente durante los próximos dos años, mientras el Congreso Nacional aprueba una legislación que sustituya ese régimen.
La decisión está contenida en la sentencia TC/0689/26, mediante la cual la alta corte concluyó que la regulación, emitida en 2006, incurrió en una «inconstitucionalidad sobrevenida» tras la entrada en vigor de la Constitución de 2010, que reforzó el principio de reserva de ley para materias relacionadas con el orden público y la seguridad ciudadana.
«Esto trae como consecuencia que lo que regula el decreto atacado caiga en inconstitucionalidad sobrevenida por la permanencia en el tiempo de la medida sin que se estipule un término puntual para la misma», establece la sentencia.
A solicitud de la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo, el TC decidió diferir los efectos de la inconstitucionalidad por un período de dos años contados a partir de la notificación de la decisión. En ese mismo plazo, el Congreso deberá aprobar una ley que regule de forma integral los horarios para el expendio de bebidas alcohólicas.
La Consultoría Jurídica sostuvo que el decreto fue válido al momento de su emisión, pero perdió sustento constitucional tras la reforma de 2010. «Con la entrada en vigor de la Constitución de 2010… las disposiciones del referido decreto se encuentran hoy en una situación de inconstitucionalidad sobrevenida», indicó.
Por el contrario, la Procuraduría General de la República pidió rechazar la acción al considerar que el decreto no vulnera la Constitución vigente.
La decisión del TC contó con votos salvados y disidentes de varios magistrados, algunos de los cuales defendieron que las restricciones horarias constituyen medidas razonables para proteger el orden público y la seguridad ciudadana. Durante los próximos dos años, no obstante, el Decreto 308-06 continuará aplicándose hasta que el Congreso apruebe una nueva normativa.
