El presidente de Nicaragua, Daniel Ortega, informó sobre una modificación en la clasificación migratoria aplicada a ciudadanos de Cuba cuya decisión implica que dejan de figurar en la categoría de exentos de visa. A partir de ahora, deberán regirse por un esquema de visa consultada sin costo.
La medida quedó formalizada mediante una disposición del 8 de febrero de 2026 emitda por la Dirección General de Migración y Extranjería y suscrita por el comisionado general Juan Emilio Rivas, quien dirige esa institución. En el texto se especifica que la normativa alcanza a personas con pasaportes ordinarios cubanos.
Asimismo, indica que la actualización sea remitida al Instituto Nacional de Aeronáutica Civil cuya entidad deberá coordinar con Migración la divulgación de la norma a las aerolíneas. La finalidad es que las compañías de transporte aéreo apliquen el requisito de forma inmediata.
Además, la Cancillería nicaragüense tendrá a su cargo la notificación formal a la representación consular de Cuba. Este paso forma parte del procedimiento diplomático habitual ante ajustes de este tipo.
En la disposición se señala que el Estado de Nicaragua posee potestad para definir categorías de visado para otras nacionalidades. También se indica que puede regular condiciones de entrada, salida y permanencia en su territorio.
