El Gabinete de Niñez y Adolescencia (GANA) y el Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (Conani) afirmaron que el proyecto de Código Penal aprobado por el Senado en segunda lectura integra articulos que representan un gran retroceso para la sociedad, además de violar la Ley 136-03 Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes y la Ley 24-97 sobre Violencia Intrafamiliar.
En un comunicado de prensa, las instituciones expresaron que con una carta a la Cámara de Diputados donde puntualizan los artículos 121, 122, 123, 235, 236, 237 y 238 del proyecto, proponiendo sus modificaciones, sustituciones o eliminaciones de ciertos textos, como la no inclusión de la violación y el incesto entre los crímenes imprescriptibles.
Asimismo consideraron de alarmante que en el párrafo III del artículo 123 se plantee que “no se considerará violencia intrafamiliar la corrección y disciplina a los hijos, ejercida por los padres o tutores, sin patrón de violencia o abuso físico”, lo que indica que la violencia contra niños, niñas y adolescentes no será penalizada si no hay agresiones recurrentes.
Según las entidades, el planteamiento es contrario a lo establecido la Ley 136-03, en el artículo 12: “Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la integridad personal. Este derecho comprende el respeto a la dignidad, la inviolabilidad de la integridad física, psíquica, moral y sexual, incluyendo la preservación de su imagen, identidad, autonomía de valores, ideas, creencias, espacio y objetos personales”.
De igual manera, la aprobación de esta pieza contradice el párrafo del artículo según el cual “Es responsabilidad de la familia, el Estado y la sociedad protegerlos, contra cualquier forma de explotación, maltrato, torturas, abusos o negligencias que afecten su integridad personal”.
Informaron que el proyecto también contradice el compromiso del Estado contra el castigo corporal de los niños, las niñas y adolescentes, contraído a través de la Convención de los Derechos del Niño, donde recientemente el país recibió la recomendación de prohibir por ley explícitamente el castigo corporal en todos los contextos como cuestión prioritaria, además de ofrecer capacitación a los padres y a todos los profesionales que se ocupan de la infancia sobre formas alternativas de disciplina.
Puntualizaron que la sugerencia se basa en lo dispuesto en la Observación general N ° 8 (2006) del Comité sobre el derecho del niño a la protección contra los castigos corporales y otras formas de castigo crueles y degradantes (CRC/C/GC/8).
Las instituciones sugirieron a los integrantes de ambas cámaras tomar en cuenta la importancia de estos puntos, para que se realicen los ajustes de lugar y se pueda lograr un Código Penal debidamente consensuado.
