Ramírez destaca la evolución legal del concepto, mientras Victoriano plantea posibles impactos en la dinámica de pareja.

Santo Domingo. – La figura de la violación conyugal volvió al centro del debate jurídico dominicano, tras una discusión sostenida por los abogados Felipe Ramírez y Chanel Victoriano en El Comentario de 7 SEGUNDOS. Ambos analizaron las implicaciones del nuevo artículo 136 del Código Penal, recientemente promulgado, que establece penas de 10 a 20 años de prisión por mantener relaciones sexuales sin el consentimiento de la pareja, incluso dentro del matrimonio.

“El consentimiento no desaparece dentro del matrimonio”, afirma Ramírez

El abogado Felipe Ramírez señaló que, aunque la violación en el ámbito conyugal no era mencionada de forma explícita en la legislación anterior, siempre estuvo presente de manera implícita dentro del marco legal, especialmente desde el reconocimiento de la dignidad humana en la Constitución.

“Este tema ha venido evolucionando. La Constitución concede al individuo un derecho fundamental, que es la dignidad humana. Cuando tú cometes este ilícito, estás degradando a tu cónyuge de ser tu esposa o esposo, a un simple objeto de satisfacción sexual”, afirmó Ramírez.

Ramírez también recordó que la Ley sobre Violencia Intrafamiliar, en sus artículos 390-1 y 390-2, ya hacía referencia a la violencia dentro del núcleo familiar, incluyendo la de tipo sexual, aunque sin el nivel de claridad con que lo hace ahora el nuevo Código Penal.

“Hoy, con el Código Penal del 2025, tenemos la violación conyugal tipificada de manera explícita, con una condena clara. No es un tema nuevo, pero ahora se aborda sin ambigüedades”, añadió.

Victoriano: “Debe considerarse el contexto de cada relación”

En contraposición, el abogado Chanel Victoriano expresó que la interpretación de esta figura penal debe tomar en cuenta la dinámica personal de cada relación de pareja.

“Todo dependerá del trato entre los esposos y de los acuerdos a los que lleguen verbalmente. Hay figuras jurídicas nuevas en el Código que pueden tener efectos tanto positivos como negativos en la relación de pareja”, sostuvo.

Victoriano enfatizó que no se puede perder de vista el contexto emocional y cotidiano entre las partes, advirtiendo que la aplicación mecánica de esta ley podría generar conflictos innecesarios si no se maneja con equilibrio.

“No se puede invalidar una ley por posibles abusos”, responde Ramírez

Ante ese argumento, Ramírez discrepó, advirtiendo que el hecho de que una ley pueda ser mal utilizada no invalida su existencia ni su necesidad.

“Eso sería como decir que la ley contra la violencia intrafamiliar es falsa porque algunas mujeres han presentado denuncias falsas contra sus parejas. Sí, eso ha ocurrido, pero para eso existe un proceso de investigación que determina si hubo o no una violación real”, explicó.

Ramírez reiteró que el consentimiento no puede ser asumido de forma automática por el hecho de haber un vínculo matrimonial, y que la protección de la dignidad y la integridad física y sexual debe mantenerse incluso dentro del matrimonio.

Míralo completo aquí

https://www.youtube.com/watch?v=0r24MZE20A4