Tanto los familiares de Joshua Fernández como el Ministerio Público también pueden apelar la sentencia condenatoria dentro de ese plazo, según el artículo 418 del Código Procesal Penal.

A partir de la tarde de este jueves, Wesly Vincent Carmona, conocido como “El Dotolcito”, Allyson de Jesús Pérez Mejía (Chiquito) y Luis Alberto “Luisito” Brito, tienen 20 días hábiles para apelar la sentencia que los condenó a 15, 20 y 30 años de prisión por la muerte de Joshua Fernández.

Según el artículo 418 del Código Procesal Penal, una vez que el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, presidido por Claribel Nivar e integrado por Gissell Soto Peña y Clara Sobeida Castillo, notifique la sentencia completa a la defensa de los imputados, los familiares de la víctima y al Ministerio Público, tendrán ese plazo para apelar la decisión del tribunal si así lo consideran.

La sentencia se presenta ante la secretaría del Tribunal, que luego envía el expediente a la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional. Una de las salas de la Cámara Penal se encargará de conocer los recursos, decidiendo si ratifica, anula o emite su propia sentencia.

El pasado 25 de abril, el Tribunal emitió el veredicto de la condena, programando para este jueves la lectura completa de la sentencia contra El Dotolcito, Chiquito y Luisito.

Joshua falleció el 16 de abril de 2023, a los 19 años, debido a un disparo en la cabeza mientras se disponía a entrar a un vehículo después de salir de una discoteca en el Ensanche Naco del Distrito Nacional.

El Ministerio Público buscaba una sentencia de 30 años de prisión para El Dotolcito, mientras que para Chiquito y Brito Troncoso pedía 40 años tras las rejas por el crimen.

El Ministerio Público acusó a El Dotolcito de infringir los artículos 265, 266, 295, 304, 379, 382 y 385 del Código Penal Dominicano.

Por su parte, Chiquito enfrentaba cargos por violar los artículos 265, 266, 295, 304, 379, 382 y 385 del Código Penal Dominicano, así como los artículos 66, párrafo II, y 67 de la Ley 631-16 sobre Control y Regulación de Armas.

En cuanto a Luisito, se le imputaron cargos por violar los artículos 265, 266, 295, 304, 379, 382 y 385 del Código Penal Dominicano.