SANTO DOMINGO.- El Comité de Ética del Poder Judicial emitió una recomendación ética al juez Rigoberto Sena tras la controversia generada por las motivaciones incluidas en la decisión sobre el caso de presunto fraude en el Seguro Nacional de Salud (Senasa).
En la Resolución núm. 01-2025, de fecha 22 de diciembre de 2025, el órgano estableció que, aunque el magistrado no tiene responsabilidad en una publicación periodística posterior, la incorporación de referencias no jurídicas en su fallo fue inapropiada y se apartó de los estándares éticos.
La decisión cuestionada fue emitida el 15 de diciembre por la Oficina de Atención Permanente del Distrito Nacional. En ella, el magistrado Rigoberto Sena impuso 18 meses de prisión preventiva a siete imputados, entre ellos el exdirector del Senasa, Santiago Hazim, y medidas menos gravosas a otros tres, en un proceso que investiga un presunto desfalco superior a RD$15 mil millones, según el MInisterio Público, que habría afectado a millones de afiliados. El juez fundamentó la coerción en la complejidad del caso y el riesgo de fuga, conforme al Código Procesal Penal.
Sin embargo, el fallo generó amplias reacciones al incluir citas bíblicas, referencias literarias y reflexiones de carácter moral y político. Entre ellas figuraron el pasaje de Timoteo 6:10 sobre el amor al dinero, una alusión a la obra de León Tolstói ¿Cuánta tierra necesita un hombre?, así como menciones al patricio Juan Pablo Duarte y expresiones críticas sobre la gravedad del fraude, calificado por el magistrado como un acto “tétrico y sombrío”.
Aumento de la controversia tras fallo
La controversia se intensificó tras la publicación, el 16 de diciembre, de la transcripción del fallo en el periódico el Listín Diario, lo que motivó críticas en redes sociales y espacios de opinión. Al día siguiente, el medio aclaró que se trató de un error interno y que el contenido no correspondía a un artículo de opinión, sino a una nota informativa.
El Comité de Comportamiento Ético, presidido por el titular de la Suprema Corte de Justicia, Luis Henry Molina, e integrado por los jueces Nancy Salcedo Fernández, Justiniano Montero y María Garabito Ramírez, actuó de oficio en el marco de sus atribuciones preventivas y pedagógicas. En su resolución, señaló que las citas y reflexiones añadidas constituyen obiter dicta, es decir, opiniones personales ajenas al núcleo jurídico del caso, y que vulneran principios como la prudencia, la moderación y la responsabilidad.
Durante un encuentro sostenido el 19 de diciembre, Sena expresó que es un “apasionado del Derecho y la ética judicial”, aseguró que su decisión tuvo fundamentos estrictamente legales y reconoció que, ante un caso similar, omitiría ese tipo de referencias. También afirmó que las protestas y reacciones mediáticas no influyeron en su fallo.
El Comité aclaró que no tiene facultades sancionadoras y que su rol se limita a la supervisión ética conforme al Código Iberoamericano de Ética Judicial y a los Principios de Bangalore de las Naciones Unidas. No obstante, exhortó a todos los jueces a observar estrictamente estos valores en la redacción de sus decisiones, especialmente en procesos de alto impacto, a fin de preservar la legitimidad institucional y la confianza ciudadana en la administración de justicia.
