La Cámara de Diputados aprobó este miércoles, en única discusión, el proyecto de ley que crea la alerta nacional para la búsqueda de personas desaparecidas en la República Dominicana, denominada «Alerta RD» y también conocida como «Alerta Amber». La iniciativa, reintroducida por las diputadas Liz Mieses y Carmen Ligia Barceló, había pasado por varias legislaturas y recibió modificaciones en el Senado antes de ser finalmente convertida en ley.
El proyecto, que ahora pasará al Poder Ejecutivo para su promulgación u observación, fue calificado por el presidente de la Cámara Baja, Alfredo Pacheco, como una de las iniciativas de mayor impacto dentro de la «ola de aprobación» de legislaciones previstas para este mes de mayo. La ley busca establecer un mecanismo de respuesta rápida para la prevención, localización, asistencia y resguardo de personas desaparecidas en todo el territorio nacional.
La normativa contempla distintos tipos de alertas según la población vulnerable: la Alerta Amber para menores de edad, la Alerta Silver para adultos mayores, la Alerta Azul para personas con discapacidad y la Alerta Rosa para mujeres violentadas. Además, se establece que podrán agregarse otras alertas dentro del Sistema Nacional según las necesidades que surjan.
La pieza legislativa también crea el Consejo Nacional para la Búsqueda de Personas Desaparecidas, dependiente del Ministerio de Interior y Policía, que funcionará como organismo consultivo encargado de coordinar políticas de prevención, búsqueda y recuperación.
Además contempla la creación de un Registro Nacional de Personas Desaparecidas, unificado y centralizado, para evitar discrepancias en los datos oficiales. Este registro estará a cargo de la Policía Nacional y contará con una plataforma digital de acceso público, donde cualquier persona podrá consultar información sobre desaparecidos, incluyendo datos personales, descripción física, circunstancias de la desaparición, información médica relevante, contacto de familiares y estatus de la búsqueda.
El Poder Ejecutivo tendrá un plazo de 90 días para dictar el reglamento de aplicación de la ley, lo que permitirá poner en marcha este sistema de alerta nacional.
