El presidente Luis Abinader promulgó el Decreto 719-26, que establece las disposiciones para regular la zafra azucarera 2026-2027, con medidas dirigidas a garantizar el abastecimiento del mercado dominicano y el cumplimiento de los compromisos de exportación.
La disposición establece que una parte de la producción nacional y los excedentes del año anterior deberán destinarse a cubrir la demanda interna. Además, contempla la posibilidad de importar azúcar si resulta necesario, mediante las licencias correspondientes del Instituto Azucarero Dominicano (Inazucar).
En cuanto al comercio exterior, el decreto prohíbe la salida del país de cargamentos de azúcar, melaza y sus derivados sin la autorización de ese organismo. También limita la emisión de los Certificados de Elegibilidad sobre Cuota (CQE), necesarios para exportar azúcar a Estados Unidos, a los ingenios y empresas productoras autorizadas.
La normativa establece, además, que las empresas azucareras deberán reportar sus operaciones comerciales internacionales dentro de los plazos establecidos y notificar mensualmente cualquier variación en sus estimaciones de producción o en el cumplimiento de las cuotas asignadas.
Las empresas que no informen oportunamente sobre posibles déficits podrán enfrentar sanciones, incluida la reducción proporcional de sus cuotas de exportación para la siguiente zafra.
Con estas disposiciones, el Gobierno busca mantener el suministro de azúcar en el mercado local y regular las operaciones de producción y comercialización durante el período azucarero 2026-2027.
