La Junta Central Electoral (JCE) publicó este viernes el nuevo reglamento que regula el registro y habilitación de empresas encuestadoras, así como las normas para la difusión de estudios de opinión en el ámbito electoral. La medida busca garantizar mayor transparencia y rigor técnico en los procesos políticos del país.
Según el documento, toda firma interesada en realizar encuestas deberá inscribirse previamente en la JCE y cumplir con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica del Régimen Electoral 20-23. Entre ellos se incluyen la presentación de estatutos sociales, nómina de accionistas, composición del consejo de administración y los currículos de los técnicos responsables.
La normativa también exige que cada publicación detalle aspectos metodológicos como el tamaño de la muestra, margen de error, nivel de confianza, método de muestreo y el texto íntegro de las preguntas aplicadas. Además, las empresas deberán mostrar en sus informes el número de registro otorgado por la JCE y la fecha de actualización de su acreditación.
El reglamento contempla sanciones para quienes incumplan los plazos de difusión durante la precampaña y campaña electoral. Las medidas van desde multas y suspensiones temporales hasta la cancelación definitiva del registro en caso de reincidencia. Asimismo, se prohíbe la publicación de encuestas antes del inicio formal de la precampaña, establecido por la Ley 33-18.
En lo relativo a las encuestas a boca de urna o exit poll, se establece que solo podrán realizarse con previa notificación al órgano electoral, al menos ocho días antes de los comicios, indicando los lugares y objetivos del estudio. Las firmas ya registradas tendrán un plazo de 30 días laborables para actualizar sus expedientes ante la Dirección Nacional de Elecciones.
El pleno de la JCE destacó que este reglamento fue sometido a consulta pública y discutido en audiencia celebrada el 5 de junio de 2025, con la participación de partidos políticos, empresas encuestadoras y representantes de distintos sectores sociales.
