SANTO DOMINGO, D.N.- El presidente del Tribunal Constitucional (TC), Napoleón Estévez Lavandier, aclaró que la corte no creó la figura de las candidaturas independientes, sino que ajustó la redacción de la ley electoral para alinearla con el principio de razonabilidad.

Esta declaración se produjo durante la audiencia solemne por el décimo tercer aniversario del TC, donde Estévez Lavandier presentó las sentencias más destacadas del último año.

La sentencia TC/0788/24, emitida en diciembre de 2024, declaró inconstitucionales los artículos 156 y 157 de la Ley 20-23 sobre el régimen electoral. Estos artículos imponían requisitos a las candidaturas independientes similares a los exigidos a los partidos políticos, como la necesidad de conformar cuadros directivos fijos y presentar un programa de gobierno definido.

El TC consideró que tales exigencias desnaturalizaban la figura de las candidaturas independientes y limitaban su accesibilidad.

Estévez Lavandier enfatizó que la decisión del TC no implica la creación de nuevas figuras políticas, sino la eliminación de barreras desproporcionadas que afectaban el derecho de los ciudadanos a participar en los procesos electorales de manera independiente. Además, subrayó que corresponde al Congreso Nacional y a la Junta Central Electoral establecer los mecanismos adecuados para regular estas candidaturas, garantizando condiciones equitativas y transparentes en futuros comicios.

La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) expresó su preocupación respecto a la sentencia, señalando que podría promover la antipolítica y debilitar el sistema de partidos. Sin embargo, el TC sostiene que su fallo busca fortalecer la participación democrática, eliminando obstáculos que restringían injustificadamente las candidaturas independientes.