La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) ha denegado la solicitud de apelación presentada por el Hospital Traumatológico Universitario y Docente Dr. Ney Arias Lora, en contra de la sentencia número 0030-1642-2023-SSEN-00268, emitida el 31 de marzo de 2023. Esta sentencia requiere que el hospital pague una compensación de 10 millones de pesos a Félix Julián Encarnación Feliz, quien sufrió la amputación de su pierna derecha después de adquirir una infección bacteriana tras ser sometido a una operación en dicho centro de salud.
La sentencia establece que el hospital debe indemnizar al paciente con la mencionada cantidad de dinero por los daños materiales y morales sufridos como consecuencia de la amputación de su pierna derecha debido a una bacteria adquirida durante su estancia en el hospital.
Además del pago de la indemnización, el hospital también debe abonar un interés judicial del 1.5% mensual sobre las sumas otorgadas como compensación por los daños sufridos, incluyendo la amputación y la necesidad de una prótesis para la pierna derecha del paciente.
El caso se remonta al 19 de enero de 2016, cuando Encarnación Feliz fue admitido en el Hospital Traumatológico Dr. Ney Arias Lora después de sufrir un accidente de tráfico en Baní, provincia de Peravia, que resultó en una fractura abierta en la tibia y el peroné de su pierna derecha. Después de una serie de procedimientos quirúrgicos en el hospital, el paciente desarrolló una infección bacteriana que finalmente condujo a la amputación de su pierna derecha.
En su recurso de apelación, la defensa del hospital argumentó que el plazo para presentar una demanda por responsabilidad patrimonial es de dos años, y como la demanda se presentó siete años después de la intervención quirúrgica inicial, debería ser desestimada. Sin embargo, la SCJ rechazó este argumento, basándose en la continuación de los daños sufridos por el paciente y en la obligación del hospital de proporcionar condiciones de seguridad para prevenir infecciones adquiridas en el centro de salud.
La sentencia, firmada por varios juristas, establece que los hospitales tienen la responsabilidad de garantizar la seguridad de sus pacientes y tomar las medidas necesarias para prevenir accidentes e infecciones durante su estancia en el centro médico. En este caso, el hospital no cumplió con su obligación de prevenir la infección bacteriana que llevó a la amputación de la pierna del paciente, por lo que debe ser responsable de los daños sufridos por el mismo.
